Corte Suprema mantiene derecho al aborto citando “carga indebida” sobre las mujeres

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La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó inconstitucional exigir que los médicos tengan privilegios de admisión a hospitales para realizar abortos, pues impone una "carga indebida" a las mujeres. Detalles aquí.

La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó el lunes que es inconstitucional exigir que los médicos tengan privilegios de admisión a los hospitales en para realizar abortos, diciendo que el requisito en última instancia impone una “carga indebida” a las mujeres que buscan abortos y coloca un “obstáculo sustancial” en el camino del acceso al aborto.

La Ley 620 de Luisiana consideró que se debía exigir a los médicos que tuvieran privilegios de admisión en hospitales dentro de las 30 millas cercanas a la clínica donde trabajan para proporcionar legalmente procedimientos de aborto.

Los privilegios de admisión significan que un médico está establecido en un hospital en particular donde pueden admitir pacientes y brindarles servicios médicos utilizando los recursos de ese hospital.

A la votación de 5-4 a favor de la huelga de la medida se unió el presidente del la Corte Suprema John Roberts, un juez conservador nominado
por George W. Bush. Roberts de vez en cuando se pone del lado de los jueces más liberales, ganándose la reputación de ser un “swing judge” (“juez balanza”).

En su opinión escrita Roberts, dijo que equilibrar ese tipo de regulación con la forma en que afectaría el aborto realmente serviría como un obstáculo para el derecho de una mujer a realizarse uno.

Roberts escribió: “El hallazgo de una carga indebida es una “abreviatura” para concluir que una regulación estatal tiene el propósito o efecto de colocar un obstáculo sustancial en el camino de una mujer que busca el aborto de un feto no viable”.

Muchos médicos especialistas en aborto en Louisianna no podrían continuar con los procedimientos si se hubiera aprobado la medida

Según el documento sobre la decisión de SCOTUS, cinco clínicas de aborto y cuatro proveedores de aborto impugnaron la Ley 620 y varios médicos que fueron demandantes y que se oponían a la medida fueron entrevistados. Se les conoce como Doe 1-6 para proteger sus identidades.

Tres de esos médicos dijeron que si se hubiera aprobado la medida, no podrían continuar su trabajo como proveedores de aborto. Otro médico dijo que suspendería los servicios de aborto si fuera el último proveedor en el norte de Louisiana. La ubicación de otro médico en Baton Rouge les prohibiría obtener privilegios de admisión, dejando viable solo un centro de aborto para atender a todas las mujeres en el estado que buscan abortos.

Según la decisión:
“Y la incapacidad de Doe 5 para obtener privilegios en el área de Baton Rouge dejaría Louisiana con solo una clínica con un proveedor para atender a las 10,000 mujeres anualmente que buscan abortos en el estado. Esas mujeres enfrentarían “tiempos de espera más largos y un aumento del hacinamiento … Los retrasos en la obtención de un aborto podrían aumentar el riesgo de que una mujer experimente complicaciones del procedimiento y puede hacer que sea imposible para ella elegir un aborto con medicamentos invasivos. Tanto testigos expertos como laicos testificaron que la carga del aumento de los viajes a clínicas distantes recaería desproporcionadamente sobre las mujeres pobres, que son las menos capaces de absorberlas”.

Louisiana ha promulgado 89 restricciones de aborto, más que cualquier otro estado en los Estados Unidos

Según el Instituto Guttmacher, el estado de Louisiana tiene la mayoría de regulaciones sobre el aborto en la nación, aunque algunas de estas 89 restricciones ya no están vigentes o han sido eliminadas.

El Tweet dice: “ULTIMA HORA: SCOTUS acaba de anular la ley de privilegios de admisión de Louisiana, ¡Una victoria crítica al reafirmar el derecho al acceso al aborto! Estamos aliviados de que las personas en Louisiana aún puedan recibir atención y celebrar esta victoria en la lucha en curso para garantizar el derecho al aborto para todos”.

Pero este último intento de promulgar otra regulación no mostró suficiente evidencia concluyente para pasar la prueba ante la Corte Suprema, en la que los beneficios de promulgar una ley se comparan con los derechos otorgados en la Constitución.

En un estudio sobre cómo los privilegios de admisión afectan los resultados de salud de las mujeres que buscan abortos publicado por la Universidad de California en San Francisco, escribieron:

“Descubrimos que un proveedor de abortos con privilegios de admisión no parece cambiar la forma en que las pacientes de aborto reciben atención hospitalaria. Descubrimos que pocos pacientes debían ser trasladados al hospital en ambulancia. Además, los pacientes a menudo buscaban atención después de haber regresado a casa y en estos casos no se aplican los privilegios de admisión. En tales casos, las pacientes a menudo acuden al departamento de emergencias más cercano y no al hospital donde el proveedor de aborto tiene privilegios de admisión. Si los proveedores de servicios de aborto determinan que existe un problema que requiere atención hospitalaria cuando la paciente se presenta por primera vez para recibir atención de aborto, las clínicas ya tienen protocolos establecidos para comunicarse con los hospitales. La mayoría de las pacientes referidas a hospitales se debieron a un embarazo ectópico o por tener otros riesgos para la salud”.

Este es el artículo original en inglés de Heavy.com escrito por Amy Beeman.